Corte Suprema anuló condena a pareja de Rancagua que cultivaba marihuana para uso medicinal
La Corte Suprema acogió un recurso de nulidad y ordenó la absolución de dos personas acusadas por el delito de tráfico de cannabis sativa al considerar que la sustancia está siendo usada para el tratamiento de un dolor crónico.
En fallo unánime la Segunda Sala del máximo tribunal integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm, anularon la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua que condenó a Feliciano Canales García a la pena de 83 días de presidio y multa de 40 UTM por el delito de cosecha y cultivo de marihuana.
La sentencia determinó que el cultivo de 15 plantas de marihuana estaba destinada al consumo individual y próximo en el tiempo, conducta que no se encuentra sancionada penalmente en nuestro ordenamiento jurídico.