Ordenan a colegio renovar matrícula a joven
La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió un recurso de protección deducido por una apoderada y ordenó al Colegio Ayelén permitir la renovación de la matrícula de su pupilo.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar y ordenó al establecimiento educacional dejar sin efecto la decisión de no renovar la matricula del alumno para el año escolar 2018.
“La normativa vigente exige, para la aplicación de medidas disciplinarias en establecimientos educacionales, particularmente la de cancelación de matrícula de un alumno, que se establezca dentro del reglamento interno como sanción y luego, para proceder a ella, que exista un procedimiento previo, racional y justo, el cual debe estar contemplado dentro de dicho reglamento interno. (…) Que, en el caso de marras, el Reglamento Interno no expresa, en parte alguna, cuál es ese procedimiento sancionatorio; no indica plazos, no señala las condiciones de defensa, ni tampoco las garantías de la misma, que en el caso de autos, debe ser un mínimum asegurable”, sostiene el fallo.